JUSTIFICACIÓN
A) CONTEXTO GENERAL.
- Demografía: La población de Guatemala es de 14,713,763, la cual se encuentra dividida de en 7,173,966 Hombres y 7,539,798 Mujeres. La niñez, adolescencia y juventud integran el 70.60% de la población, por lo que se puede afirmar que Guatemala tiene un rostro de niño, niña, adolescente y joven.
- Pobreza: Según el Instituto Nacional de Estadística, aproximadamente un 54.33% de la población juvenil entre los 15 y 29 años (1.733.867 jóvenes) vive en condiciones de pobreza, sin acceso adecuado a los servicios básicos que presta el Estado y, por ende, sin la posibilidad de acceder a fuentes de ingresos que mejoren sus condiciones de vida.
- Educación: Solo un 19.1% de la juventud adolescente accede a la educación básica; un 14.6% a carreras de diversificado (bachiller o formación profesional de grado medio), y de la juventud en edad de ingresar a la educación superior únicamente el 1.4% logra hacerlo. De los adolescente que estudian, sólo el 28.4% concluye los estudios básicos y un 15.8% el ciclo de bachiller. Es importante destacar que aproximadamente 400.000 jóvenes pasan a la vida adulta sin saber leer ni escribir.
- Trabajo: Se estima que aproximadamente 423.000 jóvenes entre 15 y 17 años buscan trabajo, siendo obligados en su mayoría a abandonar su proceso de educación formal y a estancarse socialmente, pues los ingresos y las condiciones laborales precarias no les permite alcanzar el grado de desarrollo necesario para mejorar su posición social y económica. Es primordial destacar que la falta de empleo y oportunidades obligan a muchos adolescentes y jóvenes a emigrar hacia los Estados Unidos y a realizar actividades ilícitas que les generen ingresos.
En este contexto de escasez de fuentes de ingresos, falta de oportunidades, ausencia de educación y actividades recreativas, junto con un entorno violento, familias desestructuradas y un insuficiente Estado de Derechos y Bienestar Social, provoca que muchos jóvenes y adolescentes vulnerables terminen involucrándose en pandillas y en actividades delictivas.
B) SITUACIÓN DEL SISTEMA PENITENCIARIO EN GUATEMALA.
Las políticas del Sistema Penitenciario se han focalizado principalmente hacia temas de seguridad e implementación de la Ley de Régimen Penitenciario (LRP), sin embargo los problemas estructurales, tal y como han sido descritos en los distintos informes de la CIDH y del Procurador de los Derechos Humanos, son:
1. Ausencia de condiciones para la implementación de la LRP.
2. Hacinamiento.
3. Precariedad de servicios básicos.
4. Malos tratos.
5. Corrupción.
C) LEY DEL RÉGIMEN PENITENCIARIO.
La Ley del Régimen Penitenciario Decreto Numero 33-2006 recoge en varios de sus artículos el deber del Sistema Penitenciario a velar por los derechos humanos y fundamentales de los privados de libertad, así como a la readaptación social de los mismos. Algunos de los artículos que se recogen en la LRP son:
Artículo 2. Sistema Penitenciario. El Sistema Penitenciario debe tender a la readaptación social y a la reeducación de las personas privadas de libertad y cumplir con las normas que le asigna la Constitución Política de la República, los convenios y tratados internacionales en materia de derechos humanos de los que Guatemala sea parte así como lo dispuesto en las demás leyes ordinarias.
Artículo 10. Principio de humanidad. Toda persona reclusa será tratada con el respeto que merece la dignidad inherente a todo ser humano.
Artículo 13. Régimen de higiene. Las personas privadas de libertad tienen derecho a que todo centro del Sistema Penitenciario cuente con las instalaciones sanitarias e higiénicas, que le permitan preservar su salud física y mental.
Artículo 14. Asistencia médica. Las personas reclusas tienen derecho a la atención médica regular en forma oportuna y gratuita.
Artículo 17. Trabajo. Las personas reclusas tienen el derecho y el deber de desempeñar un trabajo útil y remunerativo, que no sea aflictivo y que no encubra una sanción.
Artículo 20. Comunicación interna y externa. Las personas reclusas tienen derecho a comunicarse con familiares y otras personas.
Artículo 21. Visita íntima y visita general. Las personas reclusas tienen derecho a recibir visita íntima de su cónyuge, conviviente o pareja y visita general de su familia o amigos.
Artículo 25. Educación. Las personas reclusas tienen el derecho a recibir educación y capacitación de todos los niveles académicos.
Por lo tanto la LRP, así como otros tratados y leyes internacionales, amparan y justifican nuestro Programa de Reinserción Participativa.
OBJETIVOS
Con todo lo expuesto anteriormente, IIJG se propone los siguientes objetivos dentro de su Programa de Reinserción Participativa:
1. Propiciar los espacios de diálogo entre los privados de libertad del Centro Penitenciario “El Boquerón” y el Sistema Penitenciario de Guatemala.
- Generar y coordinar reuniones entre los reclusos y el personal del sistema penitenciario, tanto directivo como funcionarios.
- Concienciar a todas las partes, al respeto de la Ley de Régimen Penitenciario, tanto en derechos como en obligaciones.
- Coordinar con diferentes instituciones públicas y privadas el apoyo para el desarrollo del programa.
- Mejorar la atención integral de los reclusos especialmente, lo referido a la situación de educación, salud, trabajo, higiene e infraestructura y visita de familiares.
- Llevar a cabo talleres, cursos y actividades concretas que mejoren la calidad de vida y situación de los privados de libertad para su reinserción en la sociedad.
- Fortalecer capacidades en los privados de libertad que mejoren su desarrollo personal y profesional.