Programa Reinserción Participativa

JUSTIFICACIÓN

A) CONTEXTO GENERAL. 

- Demografía: La población de Guatemala es de 14,713,763, la cual se encuentra dividida de en 7,173,966 Hombres y 7,539,798 Mujeres. La niñez, adolescencia y juventud integran el 70.60% de  la  población,  por  lo  que  se  puede afirmar  que  Guatemala  tiene  un  rostro de niño, niña, adolescente y joven. 

- Pobreza:  Según el Instituto Nacional de Estadística, aproximadamente un 54.33% de la población juvenil entre los 15 y 29 años (1.733.867 jóvenes) vive en condiciones de pobreza, sin acceso adecuado a los servicios básicos que presta el Estado y, por ende, sin la posibilidad de acceder a fuentes de ingresos que mejoren sus condiciones de vida.   

- Educación: Solo un 19.1% de la juventud adolescente accede a la educación básica; un 14.6% a carreras de diversificado (bachiller o formación profesional de grado medio), y de la juventud en edad de ingresar a la educación superior únicamente el 1.4% logra hacerlo. De los adolescente que estudian, sólo el 28.4% concluye los estudios básicos y un 15.8% el ciclo de bachiller. Es importante destacar que aproximadamente 400.000 jóvenes pasan a la vida adulta sin saber leer ni escribir. 

- Trabajo: Se estima que aproximadamente 423.000 jóvenes entre 15 y 17 años buscan trabajo, siendo obligados en su mayoría a abandonar su proceso de educación formal y a estancarse socialmente, pues los ingresos y las condiciones laborales precarias no les permite alcanzar el grado de desarrollo necesario para mejorar su posición social y económica. Es primordial destacar que la falta de empleo y oportunidades obligan a muchos adolescentes y jóvenes a emigrar hacia los Estados Unidos y a realizar actividades ilícitas que les generen ingresos. 

En este contexto de escasez de fuentes de ingresos, falta de oportunidades, ausencia de educación y actividades recreativas, junto con un entorno violento, familias desestructuradas y un insuficiente Estado de  Derechos y Bienestar Social, provoca que muchos jóvenes y adolescentes vulnerables terminen involucrándose en pandillas y en actividades delictivas.  

B) SITUACIÓN DEL SISTEMA PENITENCIARIO EN GUATEMALA.  

Las  políticas  del  Sistema  Penitenciario  se  han  focalizado  principalmente  hacia  temas  de seguridad e implementación de la Ley de Régimen Penitenciario (LRP), sin embargo los problemas estructurales, tal y como han sido descritos en los distintos informes de la CIDH y del Procurador de los Derechos Humanos, son:

1. Ausencia de condiciones para la implementación de la LRP.

2. Hacinamiento. 

3. Precariedad de servicios básicos. 

4. Malos tratos.   

5. Corrupción. 

C) LEY DEL RÉGIMEN PENITENCIARIO.  

La  Ley  del  Régimen  Penitenciario  Decreto  Numero  33-2006  recoge  en  varios  de  sus artículos el deber del Sistema Penitenciario a velar por los derechos humanos y fundamentales de los privados de libertad, así como a la readaptación social de los mismos. Algunos de los artículos que se recogen en la LRP son: 

Artículo 2.  Sistema Penitenciario. El Sistema Penitenciario debe tender a la readaptación social y   a la reeducación de las personas privadas de libertad y cumplir con las normas que le asigna la  Constitución Política de la República, los convenios y tratados internacionales en materia de derechos humanos de los que Guatemala sea parte así como lo dispuesto en las demás leyes ordinarias. 

Artículo 10. Principio de humanidad. Toda persona reclusa será tratada con el respeto que merece  la  dignidad  inherente  a  todo  ser  humano. 

Artículo  13. Régimen de higiene.  Las  personas  privadas  de  libertad  tienen  derecho  a  que todo centro del Sistema Penitenciario cuente con las instalaciones sanitarias e higiénicas, que le permitan preservar su salud física y mental. 

Artículo 14. Asistencia médica. Las personas reclusas tienen derecho a la atención médica regular en forma oportuna y gratuita. 

Artículo 17. Trabajo. Las personas reclusas tienen el derecho y el deber de desempeñar un trabajo  útil  y  remunerativo,  que  no  sea  aflictivo  y  que  no  encubra  una  sanción. 

Artículo  20.  Comunicación  interna  y  externa.  Las  personas  reclusas  tienen  derecho  a comunicarse con familiares y otras personas. 

Artículo 21. Visita íntima y visita general. Las personas reclusas tienen derecho a recibir visita íntima  de  su  cónyuge,  conviviente  o  pareja  y  visita  general  de  su  familia  o  amigos. 

Artículo  25.  Educación.  Las  personas  reclusas  tienen  el  derecho  a  recibir  educación  y capacitación  de  todos  los  niveles  académicos. 

Por lo tanto la LRP, así como otros tratados y leyes internacionales, amparan y justifican nuestro Programa de Reinserción Participativa. 


OBJETIVOS 

Con todo lo expuesto anteriormente, IIJG se propone los siguientes objetivos dentro de su Programa de Reinserción Participativa:  

1. Propiciar  los  espacios  de  diálogo  entre  los  privados  de  libertad  del  Centro Penitenciario “El Boquerón” y el Sistema Penitenciario de Guatemala.
  • Generar  y  coordinar  reuniones  entre  los  reclusos  y  el  personal  del  sistema penitenciario, tanto directivo como funcionarios.
  • Concienciar a todas las partes, al respeto de la Ley de Régimen Penitenciario, tanto en derechos como en obligaciones.
2. Desarrollar  un  Programa  de  Reinserción  Participativa  (PRP),  con  el  fin  de mejorar la atención integral y el respeto de los derechos humanos de los privados de libertad. 
  • Coordinar  con  diferentes  instituciones  públicas  y  privadas  el  apoyo  para  el desarrollo del programa.
  • Mejorar la atención integral de los reclusos especialmente, lo referido a la situación de educación, salud, trabajo, higiene e infraestructura y visita de familiares.
  • Llevar  a  cabo  talleres,  cursos  y  actividades  concretas  que  mejoren  la  calidad  de vida y situación de los privados de libertad para su reinserción en la sociedad.
  • Fortalecer  capacidades  en  los  privados  de  libertad  que  mejoren  su  desarrollo personal y profesional. 

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